miércoles, 29 de diciembre de 2010

martes, 28 de diciembre de 2010

domingo, 26 de diciembre de 2010

sábado, 18 de diciembre de 2010

Felipe, quien te ha visto y quien te ve.

Según LOC, del diario El Mundo, González se mostró henchido presentando el jueves su primera colección de joyas. El ex presidente está sacando tajada gracias a su faceta de orfebre de fósiles, informa el diario. "Me divierten mucho las joyas, no tardo demasiado tiempo en hacerlas", se confiesa.
Tras servirse de la tienda de Elena Benarroch -intimísima suya, recuerda LOC- en la milla de oro de Madrid, y regalar a las mujeres cercanas a su entorno político diversos adornos, González ha decidido venderlos.
Y para ello lo mejor es una ceremonia a todo trapo, lo ideal para ganarse un dinerillo extra en adición a los 126.500 euros anuales que ganará como consejero de Gas Natural, como hemos sabido estos días.
A la velada acudió, según publica LOC, todo el nuevo círculo social que rodea al socialista desde que se separó de Carmen Romero. Además de su pareja Mar García Vaquero, pudo verse a José Barrionuevo, los Trapote... pero a ninguno de sus hijos o del actual gobierno de Zapatero.
Todos ellso contemplaron las joyas de González, realizadas en ámabar y coral negro en su mayoría, y adquiridas en la República Dominicana. El ex presidente las somete a diversos procesos y las transformar en collares, anillos, ceniceros o incluso bolsos de fiesta, como es el caso de la pieza más cara. De hecho, los precios de los productos de la exposición oscilan entre los 1.000 y los 7.000 euros.

Felipe González cobrará 126.500.- € como consejero Gas Natural Fenosa


Según informa Europa Press, el consejo de administración de Gas Natural Fenosa ha designado por unanimidad al ex presidente del Gobierno Felipe González nuevo consejero independiente del grupo energético.
González, que tiene acciones de la compañía, ha sido nombrado mediante el sistema de cooptación y sustituirá al vocal José Arcas Romeu, quien ha presentado su renuncia tanto como vocal como presidente de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
El ex presidente del Gobierno cobrará 126.500 euros anuales por el cargo, aunque el sueldo podría llegar a más de 200.000 euros al año si presidiera alguna comisión.
Además de todas las pensiones vitalicias que tiene acumuladas por los cargos que ha ocupado.
En la designación, Gas Natural Fenosa destaca el reconocimiento de González como estadista y su "profunda conexión con Latinoamérica", donde la compañía tiene presencia desde hace 18 años.

El retiro dorado de ZP: 1.000.000 de euros


Según informa La Gaceta, el retiro dorado de Zapatero tiene 674 metros cuadrados (comprada en diciembre de 2008 por unos 350.000 euros) y se encuentra en Eras de Renueva, a tres kilómetros del centro de León, en la urbanización de lujo llamada Cantón Blanco. Según los constructores, la vivienda está valorada en más de 780.000 euros y tendrá dos plantas, cinco habitaciones y una piscina semicubierta.
La hipoteca está gravada en tan sólo 42.387 euros y perteneció a un particular, Juan Ignacio Ovejero Guisásola, presidente de Laboratorios Ovejero y de Comercial Veterinaria Ovejero, en León, y las empresas Diomune y la gestoría Poreti, ambas con sede social en Madrid.
Los promotores, publica La Gaceta, han valorado la obra de la vivienda en 780.000 euros de acuerdo a los metros de la parcela, los 300 metros cuadrados que ocuparía la vivienda que se va a ubicar sobre ella y las características de la misma, como las dos plantas que el matrimonio Zapatero quiere construir y la piscina semicubierta.
Se trata de una urbanización exclusiva de la capital leonesa (Eras de Renueva), con viviendas de alto standing y ubicada entre el monte San Isidro y el río Bernesga. El interés del matrimonio se remonta a mayo del 2008, cuando estaban valorando comprar dos solares en el centro de la urbanización.
Es la información proporcionada al diario por el anterior propietario del terreno. Según éste, Zapatero y Sonsoles Espinosa aparecieron junto a dos arquitectos de Moncloa para que les asesorasen en la compra y les orientaran sobre las posibilidades de construcción.
Finalmente fueron las preferencias de Espinosa las que se impusieron. Ésta optó por una de las viviendas unifamiliares haciendo esquina dentro del complejo, lo que les procura una mayor independencia, pese a que disfrutarán de menos metros cuadrados, informa La Gaceta.
Según el diario, Zapatero tiene otro chalet en venta en El Mirador de Vera, Almería, cuyo precio oscila entre los 330.000 y los 345.000 euros y que está ubicado en una parcela de 320 metros cuadrados.

El agujero autonómico


El monto de deuda pública española continúa su imparable carrera ascendente y son las comunidades autónomas las administraciones que más han acelerado esos números rojos en el último año. Según los datos del Banco de España, al cierre del tercer trimestre el agujero autonómico ascendía al 10,2% del PIB, la cifra más abultada de la historia de las autonomías, tras crecer un 27,3% en el último ejercicio. También aumentó la deuda del Estado y la de las corporaciones locales, pero a un ritmo muy inferior, un 14,9% y un 4,6% respectivamente.
En su conjunto, la deuda pública española alcanzó al finalizar septiembre el 57,7% del PIB, el nivel más alto de la última década. Y en cifras absolutas, los números rojos superaron los 611.000 millones, tras crecer en más de 11.000 entre julio y septiembre. Aunque todas las autonomías han aumentado su deuda en el último año, las oscilaciones han sido muy dispares. Así, mientras el agujero del País Vasco ha crecido un 143,76% en el último ejercicio, encabezando el ranking de incrementos en la deuda autonómica, la Comunidad de Madrid y la Valenciana son las que han registrado un incremento menor, un 12,6%.
Grandes diferencias
Pese a estas variaciones, Cataluña sigue siendo la autonomía que acumula mayor deuda en términos absolutos, 30.304 millones de euros, una cifra que casi duplica los números rojos de la siguiente autonomía en el ranking, la Comunidad Valenciana, que debe 16.365 millones. Madrid, con 12.583 millones es la tercera de la lista, seguida de cerca por Andalucía, con 11.384 millones. En términos de PIB, es la Comunidad Valenciana la que acumula una deuda más elevada, el 16%, aunque Cataluña sigue acortando distancias y acumula ya un agujero del 15,4% del PIB.
Deterioro preocupante
La tercera región más endeudada es Baleares, con un 15,2% de su riqueza, seguida muy de cerca por Castilla-la Mancha, con un 15,1%. En este caso, además, la región arroja un deterioro muy preocupante de sus finanzas, ya que en un solo año, la deuda ha crecido en seis puntos del PIB. Y de hecho Castilla-La Mancha es, junto a Murcia, la comunidad que más se está desviando este año 2010 de su objetivo de déficit, por lo que en el último Consejo de Política Fiscal y Financiera se acordó negarle la posibilidad de realizar nuevas emisiones de deuda.
El País Vasco, pese al fuerte incremento registrado en el último año, y Asturias, son las comunidades menos endeudadas en en términos de PIB, un 6,2%. Le siguen Cantabria y Castilla y León, con el 6,5% y Madrid, con el 6,6%.
La situación de las finanzas públicas de las comunidades autónomas es uno de los asuntos que más dudas despierta entre los inversores y analistas, que desconfían de que las entes territoriales españoles cumplan sus compromisos de reducción del déficit.
ABC
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Félix Velasco

martes, 14 de diciembre de 2010

Ley Orgánica Estados de Alarma, Excepción y Sitio

Ley Orgánica 4/81 de 1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio Publicada en el B.O.E. núm. 134 de 5 de junio de 1981.
CAPÍTULO I
Artículo 1
1. Procederá la declaración de los estados de alarma, excepción o sitio cuando circunstancias extraordinarias hiciesen imposible el mantenimiento de la normalidad mediante los poderes ordinarios de las Autoridades competentes.
2. Las medidas a adoptar en los estados de alarma, excepción y sitio, así como la duración de los mismos, serán en cualquier caso las estrictamente indispensables para asegurar el restablecimiento de la normalidad. Su aplicación se realizará en forma proporcionada a las circunstancias.
3. Finalizada la vigencia de los estados de alarma, excepción y sitio decaerán en su eficacia cuantas competencias en materia sancionadora y en orden a actuaciones preventivas correspondan a las Autoridades competentes, así como las concretas medidas adoptadas en base a éstas, salvo las que consistiesen en sanciones firmes.
4. La declaración de los estados de alarma, excepción y sitio no interrumpe el normal funcionamiento de los poderes constitucionales del Estado.
Artículo 2
La declaración de los estados de alarma, excepción o sitio será publicada de inmediato en el "Boletín Oficial del Estado" y difundida obligatoriamente por todos los medios de comunicación públicos y por los privados que se determinen, y entrará en vigor desde el instante mismo de su publicación en aquél. También serán de difusión obligatoria las disposiciones que la Autoridad competente dicte durante la vigencia de cada uno de dichos estados.
Artículo 3
1. Los actos y disposiciones de la Administración Pública adoptados durante la vigencia de los estados de alarma, excepción y sitio serán impugnables en vía jurisdiccional de conformidad con lo dispuesto en las leyes.
2. Quienes como consecuencia de la aplicación de los actos y disposiciones adoptadas durante la vigencia de estos estados sufran, de forma directa, o en su persona, derechos o bienes, daños o perjuicios por actos que no les sean imputables, tendrán derecho a ser indemnizados de acuerdo con lo dispuesto en las leyes.
CAPÍTULO II
El estado de alarma
Artículo 4
El Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo 116.2, de la Constitución, podrá declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad:
a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.
b) Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.
c) Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 de la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo.
d) Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.
Artículo 5
Cuando los supuestos a que se refiere el artículo anterior afecten exclusivamente a todo o parte del ámbito territorial de una Comunidad Autónoma, el Presidente de la misma podrá solicitar del Gobierno la declaración de estado de alarma.
Artículo 6
1. La declaración del estado de alarma se llevará a cabo mediante decreto acordado en Consejo de Ministros.
2. En el decreto se determinará el ámbito territorial, la duración y los efectos del estado de alarma, que no podrá exceder de quince días. Sólo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga.
Artículo 7
A los efectos del estado de alarma la Autoridad competente será el Gobierno o, por delegación de éste, el Presidente de la Comunidad Autónoma cuando la declaración afecte exclusivamente a todo o parte del territorio de una Comunidad.
Artículo 8
1. El Gobierno dará cuenta al Congreso de los Diputados de la declaración del estado de alarma y le suministrará la información que le sea requerida. 2. El Gobierno también dará cuenta al Congreso de los Diputados de los decretos que dicte durante la vigencia del estado de alarma en relación con éste.
Artículo 9
1. Por la declaración del estado de alarma todas las Autoridades civiles de la Administración Pública del territorio afectado por la declaración, los integrantes de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, y los demás funcionarios y trabajadores al servicio de las mismas, quedarán bajo las órdenes directas de la Autoridad competente en cuanto sea necesario para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza.
2. Cuando la Autoridad competente sea el Presidente de una Comunidad Autónoma podrá requerir la colaboración de los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado, que actuarán bajo la dirección de sus mandos naturales.
Artículo 10
1. El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la Autoridad competente en el estado de alarma será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las leyes.
2. Si estos actos fuesen cometidos por funcionarios, las Autoridades podrán suspenderlos de inmediato en el ejercicio de sus cargos, pasando, en su caso, el tanto de culpa al Juez, y se notificará al superior jerárquico, a los efectos del oportuno expediente disciplinario.
3. Si fuesen cometidos por Autoridades, las facultades de éstas que fuesen necesarias para el cumplimiento de las medidas acordadas en ejecución de la declaración de estado de alarma podrán ser asumidas por la Autoridad competente durante su vigencia.
Artículo 11
Con independencia de lo dispuesto en el artículo anterior, el decreto de declaración del estado de alarma, o los sucesivos que durante su vigencia se dicten, podrán acordar las medidas siguientes:
a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
b) Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.
c) Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.
d) Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
e) Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción afectados por el apartado d) del artículo 4.
Artículo 12
1. En los supuestos previstos en los apartados a) y b) del art. 4º, la Autoridad competente podrá adoptar por sí, según los casos, además de las medidas previstas en los artículos anteriores, las establecidas en las normas para la lucha contra las enfermedades infecciosas, la protección del medio ambiente, en materia de aguas y sobre incendios forestales.
2. En los casos previstos en los apartados c) y d) del art. 4º el Gobierno podrá acordar la intervención de empresas o servicios, así como la movilización de su personal, con el fin de asegurar su funcionamiento. Será de aplicación al personal movilizado la normativa vigente sobre la movilización que, en todo caso, será supletoria respecto de lo dispuesto en el presente artículo.
CAPÍTULO III
El estado de excepción
Artículo 13
1. Cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para establecerlo y mantenerlo, el Gobierno, de acuerdo con el apartado 3 del art. 116 de la Constitución, podrá solicitar del Congreso de los Diputados autorización para declarar el estado de excepción.
2. A los anteriores efectos, el Gobierno remitirá al Congreso de los Diputados una solicitud de autorización que deberá contener los siguientes extremos:
a) Determinación de los efectos del estado de excepción, con mención expresa de los derechos cuya suspensión se solicita, que no podrán ser otros que los enumerados en el apartado 1 del art. 55 de la Constitución.
b) Relación de las medidas a adoptar referidas a los derechos cuya suspensión específicamente se solicita.
c) Ámbito territorial del estado de excepción, así como duración del mismo, que no podrá exceder de treinta días.
d) La cuantía máxima de las sanciones pecuniarias que la Autoridad gubernativa esté autorizada para imponer, en su caso, a quienes contravengan las disposiciones que dicte durante el estado de excepción.
3. El Congreso debatirá la solicitud de autorización remitida por el Gobierno, pudiendo aprobarla en sus propios términos o introducir modificaciones en la misma.
Artículo 14
El Gobierno, obtenida la autorización a que hace referencia el artículo anterior, procederá a declarar el estado de excepción, acordando para ello en Consejo de Ministros un decreto con el contenido autorizado por el Congreso de los Diputados.
Artículo 15
1. Si durante el estado de excepción, el Gobierno considerase conveniente la adopción de medidas distintas de las previstas en el decreto que lo declaro, procederá a solicitar del Congreso de los Diputados la autorización necesaria para la modificación del mismo, para lo que se utilizará el procedimiento, que se establece en los artículos anteriores.
2. El Gobierno, mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, podrá poner fin al estado de excepción antes de que finalice el período para el que fue declarado, dando cuenta de ello inmediatamente al Congreso de los Diputados.
3. Si persistieran las circunstancias que dieron lugar a la declaración del estado de excepción, el Gobierno podrá solicitar del Congreso de los Diputados la prórroga de aquél, que no podrá exceder de treinta días.
Artículo 16
1. La Autoridad gubernativa podrá detener a cualquier persona si lo considera necesario para la conservación del orden, siempre que, cuando menos, existan fundadas sospechas de que dicha persona vaya a provocar alteraciones del orden público. La detención no podrá exceder de diez días y los detenidos disfrutarán de los derechos que le reconoce el art. 17,3, de la Constitución.
2. La detención habrá de ser comunicada al Juez competente en el plazo de veinticuatro horas. Durante la detención, el Juez podrá, en todo momento, requerir información y conocer personalmente, o mediante delegación en el Juez de Instrucción del partido o demarcación donde se encuentre el detenido, la situación de éste.
Artículo 17
1. Cuando la autorización del Congreso comprenda la suspensión del art. 18.2 de la Constitución, la Autoridad gubernativa podrá disponer inspecciones y registros domiciliarios si lo considera necesario para el esclarecimiento de los hechos presuntamente delictivos o para el mantenimiento del orden público.
2. La inspección o el registro se llevarán a cabo por la propia Autoridad o por sus agentes, a los que proveerá de orden formal y escrita.
3. El reconocimiento de la casa, papeles y efectos, podrá ser presenciado por el titular o encargado de la misma o por uno o más individuos de su familia mayores de edad y, en todo caso, por dos vecinos de la casa o de las inmediaciones, si en ellas los hubiere, o, en su defecto, por dos vecinos del mismo pueblo o del pueblo o pueblos limítrofes.
4. No hallándose en ella al titular o encargado de la casa ni a ningún individuo de la familia, se hará el reconocimiento en presencia únicamente de los dos vecinos indicados.
5. La asistencia de los vecinos requeridos para presenciar el registro será obligatoria y coercitivamente exigible.
6. Se levantará acta de la inspección o registro, en la que se harán constar los nombres de las personas que asistieren y las circunstancias que concurriesen, así como las incidencias a que diere lugar. El acta será firmada por la autoridad o el agente que efectuare el reconocimiento y por el dueño o familiares y vecinos. Si no supieran o no quisiesen firmar se anotará también esta incidencia.
7. La autoridad gubernativa comunicará inmediatamente al Juez competente las inspecciones y registros efectuados, las causas que los motivaron y los resultados de los mismos, remitiéndole copia del acta levantada.
Artículo 18
1. Cuando la autorización del Congreso comprenda la suspensión del art. 18,3 de la Constitución, la autoridad gubernativa podrá intervenir toda clase de comunicaciones, incluidas las postales, telegráficas y telefónicas. Dicha intervención sólo podrá ser realizada si ello resulta necesario para el esclarecimiento de los hechos presuntamente delictivos o el mantenimiento del orden público.
2. La intervención decretada será comunicada inmediatamente por escrito motivado al Juez competente.
Artículo 19
La autoridad gubernativa podrá intervenir y controlar toda clase de transportes, y la carga de los mismos.
Artículo 20
1. Cuando la autorización del Congreso comprenda la suspensión del art. 19 de la Constitución, la autoridad gubernativa podrá prohibir la circulación de personas y vehículos en las horas y lugares que se determine, y exigir a quienes se desplacen de un lugar a otro que acrediten su identidad, señalándoles el itinerario a seguir.
2. Igualmente podrá delimitar zonas de protección o seguridad y dictar las condiciones de permanencia en las mismas y prohibir en lugares determinados la presencia de personas que puedan dificultar la acción de la fuerza pública.
3. Cuando ello resulte necesario, la Autoridad gubernativa podrá exigir a personas determinadas que comuniquen, con una antelación de dos días, todo desplazamiento fuera de la localidad en que tengan su residencia habitual.
4. Igualmente podrá disponer su desplazamiento fuera de dicha localidad cuando lo estime necesario.
5. Podrá también fijar transitoriamente la residencia de personas determinadas en localidad o territorio adecuado a sus condiciones personales.
6. Corresponde a la Autoridad gubernativa proveer de los recursos necesarios para el cumplimiento de las medidas previstas en este artículo y, particularmente, de las referidas a viajes, alojamiento y manutención de la persona afectada.
7. Para acordar las medidas a que se refieren los apartados 3, 4 y 5 de este artículo, la Autoridad gubernativa habrá de tener fundados motivos en razón a la peligrosidad que para el mantenimiento del orden público suponga la persona afectada por tales medidas.
Artículo 21
1. La autoridad gubernativa podrá suspender todo tipo de publicaciones, emisiones de radio y televisión, proyecciones cinematográficas y representaciones teatrales, siempre y cuando la autorización del Congreso comprenda la suspensión del art. 20, apartados 1, a) y d), y 5 de la Constitución. Igualmente podrá ordenar el secuestro de publicaciones.
2. El ejercicio de las potestades a que se refiere el apartado anterior no podrá llevar aparejado ningún tipo de censura previa.
Artículo 22
1. Cuando la autorización del congreso comprenda la suspensión del art. 21 de la Constitución, la autoridad gubernativa podrá someter a autorización previa a prohibir la celebración de reuniones y manifestaciones.
2. También podrá disolver las reuniones y manifestaciones a que se refiere el párrafo anterior.
3. Las reuniones orgánicas que los partidos políticos, los sindicatos y las asociaciones empresariales realicen en cumplimiento de los fines que respectivamente les asignen los arts. 6º y 7º de la Constitución, y de acuerdo con sus Estatutos, no podrán ser prohibidas, disueltas ni sometidas a autorización previa.
4. Para penetrar en los locales en que tuvieran lugar las reuniones, la Autoridad gubernativa deberá proveer a sus agentes de autorización formal y escrita. Esta autorización no será necesaria cuando desde dichos locales se estuviesen produciendo alteraciones graves del orden público constitutivas de delito o agresiones a las Fuerzas de Seguridad y en cualesquiera otros casos de flagrante delito.
Artículo 23
La Autoridad gubernativa podrá prohibir las huelgas y la adopción de medidas de conflicto colectivo, cuando la autorización del congreso comprenda la suspensión de los arts. 28,2 y 37,2 de la Constitución.
Artículo 24
1. Los extranjeros que se encuentren en España vendrán obligados a realizar las comparecencias que se acuerden, a cumplir las normas que se dicten sobre renovación o control de permisos de residencia y cédulas de inscripción consular y a observar las demás formalidades que se establezcan.
2. Quienes contravinieren las normas o medidas que se adopten, o actuaren en connivencia con los perturbadores del orden público, podrán ser expulsados de España, salvo que sus actos presentaren indicios de ser constitutivos de delito, en cuyo caso se les someterá a los procedimientos judiciales correspondientes.
3. Los apátridas y refugiados respecto de los cuales no sea posible la expulsión se someterán al mismo régimen que los españoles.
4. Las medidas de expulsión deberán ir acompañadas de una previa justificación sumaria de las razones que la motivan.
Artículo 25
La autoridad gubernativa podrá proceder a la incautación de toda clase de armas, municiones o sustancias explosivas.
Artículo 26
1. La Autoridad gubernativa podrá ordenar la intervención de industrias o comercios que puedan motivar la alteración del orden público o coadyuvar a ella, y la suspensión temporal de las actividades de los mismos, dando cuenta a los Ministerios interesados.
2. Podrá, asimismo, ordenar el cierre provisional de salas de espectáculos, establecimientos de bebidas y locales de similares características.
Artículo 27
La Autoridad gubernativa podrá ordenar las medidas necesarias de vigilancia y protección de edificaciones, instalaciones, obras, servicios públicos e industrias o explotaciones de cualquier género. A estos efectos podrá emplazar puestos armados en los lugares más apropiados para asegurar la vigilancia, sin perjuicio de lo establecido en el art. 18, 1, de la Constitución.
Artículo 28
Cuando la alteración del orden público haya dado lugar a alguna de las circunstancias especificadas en el art. 4º o coincida con ellas, el Gobierno podrá adoptar además de las medidas propias del estado de excepción las previstas para el estado de alarma en la presente ley.
Artículo 29
Si algún funcionario o personal al servicio de una Administración pública o entidad o instituto de carácter público u oficial favoreciese con su conducta la actuación de los elementos perturbadores del orden, la Autoridad gubernativa podrá suspenderlo en el ejercicio de su cargo, pasando el tanto de culpa al Juez competente y notificándolo al superior jerárquico a los efectos del oportuno expediente disciplinario.
Artículo 30
1. Si durante el estado de excepción el Juez estimase la existencia de hechos contrarios al orden público o a la seguridad ciudadana que puedan ser constitutivos de delito, oído el Ministerio Fiscal, decretará la prisión provisional del presunto responsable, la cual mantendrá, según su arbitrio durante dicho estado.
2. Los condenados en estos procedimientos quedan exceptuados de los beneficios de la remisión condicional durante la vigencia del estado de excepción.
Artículo 31
Cuando la declaración del estado de excepción afecte exclusivamente a todo o parte del ámbito territorial de una Comunidad Autónoma, la Autoridad gubernativa podrá coordinar el ejercicio de sus competencias con el Gobierno de dicha Comunidad.
CAPÍTULO IV
El estado de sitio
Artículo 32
1. Cuando se produzca o amenace producirse una insurrección o acto de fuerza contra la soberanía o independencia de España, su integridad territorial o el ordenamiento constitucional, que no pueda resolverse por otros medios, el Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del art. 116 de la Constitución, podrá proponer al Congreso de los Diputados la declaración de estado de sitio.
2. La correspondiente declaración determinará el ámbito territorial, duración y condiciones del estado de sitio. 3. La declaración podrá autorizar, además de lo previsto para los estados de alarma y excepción, la suspensión temporal de las garantías jurídicas del detenido que se reconocen en el apartado 3 del art. 17 de la Constitución.
Artículo 33
1. En virtud de la declaración del estado de sitio, el Gobierno, que dirige la política militar y de la defensa, de acuerdo con el art. 97 de la Constitución, asumirá todas las facultades extraordinarias previstas en la misma y en la presente ley.
2. A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el Gobierno designara la Autoridad militar que, bajo su dirección, haya de ejecutar las medidas que procedan en el territorio a que el estado de sitio se refiera.
Artículo 34
La autoridad militar procederá a publicar y difundir los oportunos bandos, que contendrán las medidas y prevenciones necesarias, de acuerdo con la Constitución, la presente ley y las condiciones de la declaración del estado de sitio.
Artículo 35
En la declaración del estado de sitio el Congreso de los Diputados podrá determinar los delitos que durante su vigencia quedan sometidas a la Jurisdicción Militar.
Artículo 36
Las Autoridades civiles continuarán en el ejercicio de las facultades que no hayan sido conferidas a la Autoridad militar de acuerdo con la presente Ley. Aquellas Autoridades darán a la militar las informaciones que ésta le solicite y cuantas noticias referentes al orden público lleguen a su conocimiento.
Disposición Derogatoria
Quedan derogados los artículos 25 a 51 y disposiciones finales y transitorias de la Ley 45/59 de 30 de julio, de Orden Público, así como cuantas disposiciones se opongan a lo preceptuado en la presente Ley Orgánica. Disposición Final
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Palacio Real, de Madrid, a 1 de Junio de 1981.
- Juan Carlos R. -
El Presidente del Gobierno,
Leopoldo Calvo-Sotelo y Bustelo

domingo, 12 de diciembre de 2010

domingo, 28 de noviembre de 2010

Empresas como sables

Como las «Espadas como labios» de Vicente Aleixandre, yo he escuchado en estos días el ruido de empresas como sables. Con la Fundación Everis en La Zarzuela antes y la reunión de pastores en La Moncloa con la oveja muerta de la economía ayer, me he acordado de cuando a la altura de 1980, y a la vista de cómo iba España, se decía que se escuchaba ruido de sables. Que acabó como saben: en la lamentable berlangada de Tejero. Decían en aquellos entonces que los sables se escuchaban en los cuartos de banderas porque íbamos camino del desastre de España. Y la clave de la remembranza por lo civil de aquellos sables me la dio el hecho de que esta como Operación Galaxia de los Empresarios la encabezara Eduardo Serra, que, mire usted qué casualidad, fue ministro de Defensa.
Aunque nadie ha vuelto a pronunciar el término, estaban otra vez en danza los que fueron conocidos como «poderes fácticos». Mal marchan las cosas en España cuando en vez del poder de los votos se mira con temor a los poderes fácticos y se aforan regimientos, cadenas de radio, púlpitos, pancartas... o porcentajes de participación en el PIB. Prueba de que están otra vez en marcha los poderes fácticos, al margen de las urnas que todos queremos convocadas cuanto antes, es que ya nadie habla de los «agentes sociales» y, como un ruido de sables por lo civil, frente a los millones de votos del irresponsable que nos gobierna se cita el no sé cuántos por ciento del PIB que representan estos empresarios que, como soy de pueblo y no sé ni papa de la pomada madrileña, a mí, ¿qué quieren que les diga?, me parecen conjurados hartos de coles, presos de pavor ante tanta incapacidad, tanta negación de la realidad, o lo que cantaba Ana Belén: qué derroche, cuánta locura.
Hablan del valor-país, pero yo me quedo con lo que en el toreo se llama «valor seco». El valor seco de los empresarios que se han atrevido a largar todo aquello en lo que todos pensamos y nadie se atrevía hasta ahora a decir, empezando por el disparatón de las 17 autonomías y sus 17 parlamentos de la señorita Pepis, para continuar con el despropósito de subvencionar el paro en vez de crear empleo y ser gobernados por la mayor colección de indocumentados, con un sistema electoral pensado para el chantaje continuo de las minorías sobre la mayoría. Y si dudan en lo del valor seco, hay que tener más valor que Diego Puerta para decir lo que ha proclamado Eduardo Serra y pensamos muchísimos: «No puede continuar la inseguridad jurídica que dan 17 parlamentos legislando diarreicamente». Y tirando el dinero.
Yo pedí aquí hace poco una gestora para España. Que los empresarios que de verdad han capeado el temporal en sus empresas y creado empleo, como Mercadona y Zara, tomaran las riendas de la crisis y mandasen a por tabaco a esta partida de mantas que nos llevan a la ruina. Tenía grandes esperanzas en la reunión de ayer en La Moncloa. Que como ya estaban allí, se iban a quedar, para sentarse en la mesa del Consejo de Ministros y empezar a hacer lo que hay que hacer y estos gachós no saben. Como cuando aquella tarde de Feria se fue Curro Romero hacia la barrera donde estaba Carmen Tello, armó la muleta, citó al toro y dijo: «A ver si esto se hace así». Eso es lo que faltó ayer. No les perdono. Ya que estaban en La Moncloa, los empresarios del manifiesto de Everis debían haber mandado ayer a por café a ZP para decirnos a los españoles, echándose la muleta del BOE a la izquierda: «A ver si esto se hace así...».
Antonio Burgos
FVA - Management - Bolg
Félix Velasco

Figurantes

Cualquiera de los empresarios que acudieron ayer a La Moncloa sabe cómo luchar contra la crisis mejor que Zapatero. Para empezar, la mayoría conoce por su nombre a los tipos que mandan en eso que ahora se llaman «los mercados»; han almorzado con ellos, han compartido riesgos y beneficios y también han sufrido sus dentelladas en la cuenta de resultados. Muchos de ellos han palmado millones en esta semana de turbulencias bursátiles. Pero además, toda esa gente sabe lo que significa despedir empleados, ajustar costes, buscar financiación, diseñar estrategias competitivas y jugarse su dinero en un mundo donde el más torpe es capaz de birlarle la cartera a un retrato. El presidente, descontada su breve estadía universitaria de profesor asociado, no ha ganado jamás un euro fuera del paraguas del Partido Socialista y apenas si ha despedido a una docena de ministros, eventuales por definición; no ha tenido que salir en busca de créditos imposibles y desconoce la presión de los balances. Su facturación se mide en votos y esos se consiguen en un mercado donde siempre se dispara con la pólvora del Rey del presupuesto público.
Por eso resulta un poco extravagante que tanto capitán de empresa dedicase la mañana del sábado a trabajar de modelos y figurantes en una foto coral y a escuchar la admonición de un gobernante al que casi todos consideran un perfecto incompetente. Ocurre que muchos de ellos son contratistas del Gobierno o aspiran a serlo, y no está la situación como para negar favores. Pero oír cómo Zapatero les pedía que mejorasen la imagen exterior del país debió de parecerles un trago excesivo; es por culpa del presidente y sus políticas por lo que se han desmoronado los valores financieros y se han desplomado los valores de sus compañías. Es el Gobierno es el que crea dudas que repercuten en la confianza de sus inversiones, y es al el anfitrión del encuentro a quien corresponde despejarlas. Si la imagen de España goza aún de alguna credibilidad en el extranjero es gracias al esfuerzo y la eficacia de una empresas que, a diferencia de los políticos, trabajan poniendo en riesgo el dinero y las propiedades de sus accionistas.
Quizá por eso alguno de los presentes se atrevió a leerle la cartilla. A pedirle que acelere las reformas que viene congelando por estrategia electoral. A demandarle coraje para continuar el programa de ajuste y tranquilizar a los acreedores que están triturando la cotización de sus marcas. El presidente dijo sí, pero su palabra es tan elástica y tiene tan poco crédito como su propia política; hace exactamente una semana declaró lo contrario en una entrevista. En su trivial forma de destilar las ideas, todo se resume en una fotografía. Se lo dijo a Mohamed VI: lo importante es la foto. Ayer se la hizo con la cúpula del Ibex y aparentó escuchar a cambio sus demandas. Otra cosa es que las oyese.
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El PSOE y la crisis


25 de abril de 2007. Pedro Solbes, vicepresidente segundo y ministro de Economía: «No veo para nada afectado al sector de la construcción específicamente. Sigue funcionando igual, con una ligera desaceleración que le permite ajustarse a una realidad».
3 de julio de 2007. José Luis Rodríguez Zapatero, presidente del Gobierno: «En la próxima legislatura lograremos el pleno empleo».
10 de agosto de 2007. David Vegara, secretario de Estado de Economía: «El problema (de la crisis hipotecaria) está focalizado en Estados Unidos» y el sistema financiero «de la potencia americana debería tener la capacidad de solucionarlo».
17 de agosto de 2007. Pedro Solbes: «Los efectos de la crisis hipotecaria estadounidense tendrán un impacto ‘relativamente pequeño’ en la economía española».
A la Bolsa «no hay que dar mayor importancia», porque «las cosas volverán a su normalidad» y los números «fundamentales» de la economía siguen siendo buenos.
6 de septiembre del 2007. José Luis Rodríguez Zapatero, tras su encuentro con el presidente de Banco Santander, Emilio Botín: «La solvencia de las familias españolas y de las empresas permite que la moderación del sector inmobiliario se esté produciendo de forma suave y, por tanto, garantizando la situación financiera de nuestra economía».
11 de septiembre de 2007. José Luis Rodríguez Zapatero: «España es la que más partidos gana, la que más goles mete en la Champions League de las grandes economías del mundo».
26 de octubre de 2007. Pedro Solbes: pese a que existe «incertidumbre» en los mercados financieros globales a causa de la crisis hipotecaria, la exposición del sistema financiero español a la misma «no es en absoluto significante».
11 de diciembre de 2007. Pedro Solbes: «España recibe el 10% de su PIB de recursos externos. Si es más difícil captar esos recursos, eso nos podrá afectar algo a nuestra capacidad crediticia».
15 de diciembre de 2007. Pedro Solbes: los precios suben más en España porque no se sabe utilizar el euro. Pone de ejemplo las propinas en los bares y dice que la gente «se pasa o no llega».
7 de enero de 2008. Diego López Garrido, portavoz del Grupo Socialista en el Congreso. Reconocía «una sana preocupación por la atenuación del crecimiento económico», pero negaba «que estemos ante una recesión grave».
4 de febrero de 2008. El PSOE presentaba sus eslóganes electorales: «Por el pleno empleo»; «Soñar con los pies en la tierra»; «Motivos para creer».
10 de enero de 2008. Pedro Solbes: «Estoy absolutamente tranquilo respecto al futuro. No hay crisis y España está en la mejor de las situaciones posibles para afrontar la desaceleración».
21 de enero de 2008. Pedro Solbes. Decía que «no había que exagerar» los efectos de la caída en la Bolsas. Le quitaba importancia al asunto y añadía que «el Gobierno sigue con interés, hora a hora, lo que está sucediendo para tener las cosas claras, por si fuera necesario tomar medidas».
22 de enero de 2008. José Luis Rodríguez Zapatero: «Vamos en un barco seguro, que es la economía española».
6 de febrero de 2008. José Luis Rodríguez Zapatero: «No hay razones objetivas, no hay ninguna razón objetiva y fundada que permita sostener con honestidad un mensaje pesimista, mucho menos catastrofista. Ni sobre la situación actual ni, aun con mayor fundamento, sobre el futuro».
6 de febrero de 2008. María Teresa Fernández de la Vega, vicepresidenta primera del Gobierno. Pasaba por alto problemas como la inflación o el fin del ciclo inmobiliario, rechazaba que existieran motivos justificados para el «alarmismo», en contra de la percepción de los empresarios que la escuchaban. Tampoco hacía referencia a la pérdida de confianza de los españoles en la economía que ha desvelado el Instituto de Crédito Oficial (ICO).
11 de febrero de 2008. Pedro Solbes: «El mercado de trabajo español ha cambiado mucho en los últimos años, por lo que puede ser que ahora seamos capaces de crear empleo con crecimientos algo inferiores e incluso recortar el desempleo».
21 de febrero de 2008. Pedro Solbes, en el debate con Manuel Pizarro (PP) en Antena 3, durante la campaña para las elecciones generales:
-«Es prematuro hablar de crisis cuando la Unión Europea dice que crecemos al 2,7%»
-«El desempleo ha descendido del 11,5 por ciento al 8,5 en los últimos cuatro años»
-«¿Qué gastos va a recortar para pagar los 30.000 millones de su reforma fiscal?»
-«Quiero lanzar un mensaje de tranquilidad y confianza»
-«Dejamos una herencia mejor que la que recibimos. Hay problemas, sí, hay cierta desaceleración, hay factores externos que nos afectan y algunos problemas generados internamente que me preocupan». Acusaba al Partido Popular de «estar llamando a la crisis».
3 de marzo de 2008. José Luis Rodríguez Zapatero, en el debate en TVE con el líder del PP, Mariano Rajoy, durante la campaña para las elecciones generales.
-«¿Sabe lo que le ha importado la economía de las familias. Un bledo, señor Rajoy. Un bledo».
-«Los huevos con ustedes subieron tres veces más, las frutas también, y las patatas veintidós veces más con su Gobierno».
-«Mi objetivo en la próxima legislatura es el pleno empleo».
-«Quiero crear dos millones de puestos de trabajo»
3 de junio de 2008. Pedro Solbes volvía a rechazar la idea de que España estuviera inmersa en una crisis económica, aunque reconocía que nuestro país atravesaba una situación «grave y preocupante» a la que habrá que prestar atención. En una entrevista a RNE, el ministro aseguraba que la economía española podría crecer en el entorno del 2% este año, aunque indicaba que podría alcanzar el 2,1%, el 2,2% o el 2,3% que ha previsto el Gobierno y que, a su juicio, seguía siendo la cifra más realista.
3 de junio de 2008. Miguel Ángel Fernández Ordóñez: «El sistema financiero español no es inmune si persiste la actual situación económica internacional». Hasta ese momento había mantenido que las turbulencias macroeconómicas no iban a afectar al sistema financiero español.
6 de junio de 2008. María Teresa Fernández de la Vega: «Saldremos todos juntos delante de esta situación».
10 de junio de 2008. José Antonio Alonso, portavoz del Grupo Socialista en el Congreso: «En España no hay crisis económica».
12 de junio de 2008. Pedro Solbes: «Ayer (por el miércoles), lo único que hablé fue que había que prepararnos para la crisis, pero en ningún momento hablé de crisis».
16 de julio de 2008. Pedro Solbes: «Es la crisis más compleja de la historia». «Para mí, que he vivido la crisis del 93-94 y algunas otras indirectamente, esta es posiblemente la crisis más compleja por la cantidad de factores que están encima de la mesa». «Hay luz a final del túnel». «El Ejecutivo nunca había ocultado información a los españoles sobre la situación de la economía».
22 de julio de 2008. Celestino Corbacho, ministro de Trabajo: «Nos tendremos que apretar el cinturón y vendrán tiempos de turbulencias».
23 de julio de 2008. José Luis Rodríguez Zapatero: Comentando la propuesta de limitar al 2% el crecimiento del gasto público, hecha por el PP “El gobierno no es partidario de esa constricción del gasto porque afectaría a la subida de la retribución de los empleados públicos, a la capacidad y necesidad para las pensiones mínimas y al desarrollo y aplicación de la Ley de Dependencia».
24 de julio de 2008. Pedro Solbes: «No llegaremos a recesión en ningún caso y tampoco a crecimiento negativo».
3 de agosto de 2008. Pedro Solbes: «La situación de la economía es peor de lo que preveíamos todos».
27 de agosto de 2008. José Luis Rodríguez Zapatero: «Queremos recuperar el crecimiento del 3% cuanto antes, pero dependerá de factores internacionales».
23 de septiembre de 2008. Pedro Solbes, sobre la crisis económica: «Es la peor desde que tengo conocimiento, desde que tengo uso de razón, y tengo 66 años».
2 de septiembre de 2008. José Blanco, vicesecretario general del PSOE: «Los españoles viven mejor que nunca, aunque alguno tiene algún problema».
11 de septiembre de 2008. Pedro Solbes: «Si la recesión sirve para limpiar la economía, la situación no es tan grave».
24 de septiembre de 2008. Pedro Solbes: «Nosotros no hemos negado nunca la crisis».
2 de octubre de 2008. Leire Pajín, secretaria de Organización del PSOE: «Estamos en un sistema fuerte que nos permite mirar al futuro con paso firme y seguridad».
18 de diciembre de 2008. José Luis Rodríguez Zapatero: pese a los datos oficiales, sitúa en abril el repunte del empleo.
8 de abril de 2009. Pedro Solbes, tras su marcha del Gobierno, apuntaba que ponía fin a «cinco años en el Gobierno y más de 40 años de vida pública» con sentimientos encontrados, ya que por un lado se marchaba con «la satisfacción del deber cumplido» y la alegría por los aciertos y por haber contribuido a la modernización y la apertura de la economía española», pero «con el pesar por los errores cometidos» y por los que no se habían podido evitar.
6 de mayo de 2009. Elena Salgado: tras un Consejo de Ministros extraordinario, mostraba cierto optimismo sobre el futuro, ya que veía «algunos brotes verdes» en la evolución de la economía española.
3 de junio de 2009. Miguel Sebastián, ministro de Industria: «todo el mundo ve brotes verdes en la economía que podrían apuntar al principio del fin de la crisis, excepto los que no quieren verlos porque a lo mejor están acostumbrados a ver billetes verdes».
14 de agosto de 2009. Elena Salgado, vicepresidenta segundo del Gobierno y ministra de Economía: tras la peor caída del PIB desde que en 1970 se comenzaran a realizar las estadísticas de la Contabilidad Nacional, decía que la economía española «continúa mostrando un comportamiento comparativamente mejor que nuestro entorno».
3 de septiembre de 2009. Elena Salgado: «Lo más agudo de la crisis ha quedado atrás».
23 de noviembre de 2009. José Luis Rodríguez Zapatero: «La recuperación ya se ha iniciado» y confía en que su ley de Economía Sostenible «acabe con la recesión».
30 de diciembre de 2009. José Luis Rodríguez Zapatero. Se agarra al informe hecho público por el Banco de España, que pone de relieve un frenazo en la caída productiva, para augurar empleo «neto» en el «último tramo» de 2010, aunque en el primer semestre sigamos viendo una «moderada».
11 de febrero de 2010. José Luis Rodríguez Zapatero: «No estamos peor que hace seis meses».
20 de febrero de 2010. José Luis Rodríguez Zapatero, tras su encuentro con Brown en Londres: «No vamos a caer en la trampa de las ideas de aquellos que provocaron la crisis».
12 de mayo de 2010. José Luis Rodríguez Zapatero, dos años después de que la oposición le advirtiera sobre la gravedad de la crisis:
-«La situación es difícil y sería insensato ocultarlo».
-«Se ha iniciado la recuperación económica».
14 de mayo de 2010. Elena Salgado: «No hemos tenido otra elección que recortar el salario a los funcionarios». El 25 de febrero de 2010 había dicho: «El acuerdo salarial con los funcionarios se va a respetar absolutamente»
María Teresa Fernández de la Vega: «El Gobierno es consciente de que las medidas son duras, difíciles y dolorosas». El 2 de marzo había dicho: «Este gobierno cumple siempre todos sus compromisos, todos, asbsolutamente».
22 de Julio de 2010. José Luis Rodríguez Zapatero: «Estamos mucho mejor de lo que parece».
13 de octubre de 2010. Celestino Corbacho: «Los puestos de trabajo no los crea ni los destruye el Ministerio de Trabajo».
24 de noviembre de 2010. Elena Salgado: «Hay que mantener la cabeza fría, dar mensajes claros y emprender acciones efectivas»

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domingo, 21 de noviembre de 2010

domingo, 14 de noviembre de 2010

Según el Registro Central de Personal de la Administración, en España hay 2.698.628 empleados públicos. Sin embargo, según la EPA, hay 3.175.000 personas que declaran trabajar en el sector público. Es una diferencia de casi medio millón de personas: ¿qué hacen estos funcionarios 'fantasma'?

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lunes, 1 de noviembre de 2010

El reino oscuro

El sindicato UGT admite que la Junta de Andalucía ha creado 35.000 empleos públicos gracias a su administración paralela, formada por empresas, fundaciones, agencias y otros organismos autonómicos que carecen de control externo.
La Junta se vende a sí misma varios edificios por más de 676 millones de euros. Esta operación contable hace parecer que la Junta de Andalucía ingresa por la venta de los inmuebles 676 millones de euros pero no es más que una operación flotante, ya que las empresas son instrumentales y propiedad al 100% de la Junta de Andalucía.
La clase política aprovecha la crisis para aumentar el empleo público. Las administraciones engordan sus plantillas en más de 300.000 personas desde 2007, mientras que el sector privado pierde casi 1,7 millones de puestos de trabajo. Tan sólo las CC.AA. han fichado a 217.000 personas. 
El Tesoro tendrá que hacer frente en 2011 al pago de 27.461 millones de euros (un 2,5% del PIB) correspondientes al pago de intereses de la deuda. El sector público, que debía 380.660 millones a finales de 2007, acabará el próximo ejercicio con unos números rojos de casi 600.000 millones.
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domingo, 24 de octubre de 2010

6 pasos para transformar a un CEO tradicional en un CEO “social”

El 64% de los consejeros delegados de las principales compañías del mundo no tiene presencia en las redes sociales. Es uno de los principales datos que revelaba el estudio “Socialising Your CEO: From (Un)Social to Social” de Weber Shandwick. Es decir, los CEO’s de las 50 compañías líderes del mundo no son “sociales”, no utilizan el entorno digital y los medios sociales para contactar y conversar. Pero ¿qué es un CEO “social”?:
- Dirigen compañías con una elevada reputación. Los CEOs más admirados de nuestro estudio tenían perfiles con una visibilidad online mayor que aquellos CEOs menos admirados (41% frente a un 28% respectivamente).
- Actúan en distintas plataformas. El 72% de los “CEOs sociales” emplea más de un canal cuando interactúa de forma online. Un “CEOs social” utiliza de media 1,8 canales.
- Suelen proceder de compañías americanas. Los CEOs de las compañías con sede en Estados Unidos tienen mayor tendencia a interactuar online que aquellas situadas en EMEA (60% frente al 12% respectivamente). A pesar de que la dimensión de los CEOs de Asia Pacífico y Latinoamérica es demasiado pequeña como para permitir una comparación fiable, hay indicios de que estos también se encuentran en niveles bajos.
- Tienen una extensa trayectoria. Los CEOs que llevan poco tiempo en su cargo (hasta 3 años) tienen una menor tendencia a involucrarse de forma online con respecto a aquellos CEOs que llevan un tiempo moderado (entre 3 y 5 años) o los que llevan un periodo de tiempo más extenso (más de 5 años), representando el 30% frente al 38% y al 43% respectivamente.
El estudio recomienda seis pasos para mejorar la reputación social e interactividad de los CEO’s:

1. Identifique las mejores prácticas online de sus compañeros y los mejores comunicadores sociales. Establezca y busque nuevos desafíos.
2. Empiece con los principios básicos, como vídeos online o fotos. Haga un inventario e incorpore comunicaciones corporativas ya existentes para una readaptación online.
3. Haga la prueba participación en los medios sociales. Debe conocer a qué se está enfrentando antes de ponerse en marcha. Comience de forma interna aunque tenga en cuenta que las comunicaciones a sus empleados se pueden expandir de manera externa a su compañía.
4. Decida de antemano cuánto tiempo puede dedicar a “ser social”, ya que puede variar de una vez a la semana a una al mesa una al trimestre o incluso menos. Debe juzgar por si mismo lo que crea más conveniente.
5. Utilice formas de expresión que capten la atención del público al que le interesa dirigirse y humanice la reputación de la empresa.
6. Acepte el hecho de que “ser social” debe formar parte de su programa de gestión de la reputación corporativa. Gestione con un fin determinado tanto su reputación social como su reputación corporativa.
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¿Para qué sirve el dinero?

Entrevista de una hora en CNBC con Warren Buffett, la segunda persona más rica del mundo, quien donó $31 mil millones de dólares para caridad. 
He aquí algunos aspectos muy interesantes de su vida:
1.- Compró su primera acción a los 11 años y se lamenta de haber empezado demasiado tarde! 
2.- Compró una pequeña granja a los 14 años con los ahorros de repartir periódicos. 
3.- Todavía vive en la misma pequeña casa de 3 habitaciones en Omaha que compró después de casarse hace más de 50 años. Dice que dispone de todo lo que necesita en esa casa, la cual no tiene ningún muro o reja. 
4.- Maneja su propio coche a todas partes y no tiene chofer ni guardaespaldas. 
5.- No viaja en jet privado, a pesar de ser el dueño de la compañía de jets privados más grande del mundo. 
6.- Su empresa, Berkshire Hathaway, es dueña de 63 compañías y sólo escribe una carta anual a sus CEOs, dándoles las metas para el año. Nunca convoca a reuniones ni los llama regularmente. Ha dado dos reglas a sus CEOs: 1: No perder nada del dinero de sus accionistas y 2: No olvidar la regla número 1. 
7.- No le interesa la gente de la alta sociedad. Su pasatiempo cuando llega a casa es prepararse palomitas de maíz y ver televisión. 
8.- Bill Gates, el hombre más rico del mundo, lo conoció hace 5 años y pensando que no tenía nada en común con Warren Buffett, programó una reunión de media hora. Pero la reunión duró diez horas y Gates se volvió un devoto de Warren Buffett. 
9.- Warren Buffet no usa teléfono móvil ni tiene una ordenador en su escritorio. 
10.- Su consejo para la gente joven: "Aléjese de las tarjetas de crédito e invierta en usted."
ACONSEJA RECORDAR QUE :
A. El dinero no crea al hombre, sino que fue el hombre el que creó el dinero.
B. La vida es tan simple como usted la haga.
C. No haga lo que los otros digan. Escúchelos, pero haga lo que le haga sentir mejor.
D. No se vaya por las marcas. Póngase aquellas cosas con las que se sienta cómodo.
E. No gaste dinero en cosas innecesarias. Gaste en quienes de verdad lo necesitan.
F. ¿Si el dinero no sirve para compartirlo con los demás, entonces para que sirve?
G. Ayude aunque no pueda hacerlo, siempre habrá bendiciones para aquellos que saben compartir.
H. No gaste el dinero que no tiene: el crédito, los préstamos y demás.... fueron inventados por la sociedad de consumo.
I. Antes de comprar algo, piense: ¿Que me pasa si no lo compro? Si la respuesta es 'Nada', no lo compre; porque no lo necesita.
Félix Velasco
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