miércoles, 10 de octubre de 2007

La ética en la empresa - I


LA GESTION ETICA Y LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS

"El debate sobre la responsabilidad no debería erigirse como en un tribunal, sino como si se tratara de un discurso. Aunque puede inspirarse en ideales, el discurso en sí mismo consta de ideas, argumentos y una valoración mesurada de los distintos argumentos."

Max Weber

En la era de la globalización, las Organizaciones se enfrentan a situaciones muy complejas, debido fundamentalmente a la innovación, el cambio acelerado, las nuevas tecnologías y a la forma de relacionarse los individuos, en un mundo con fronteras de todo tipo cada vez más diluidas y menos delimitadas. Una empresa no pueden ya enfrentarse a estas cuestiones en solitario, crea asociaciones con otros grupos de interés, como las instituciones públicas, organizaciones internacionales, el sector privado, organizaciones para el progreso humano, ong’s,... Esta cooperación puede llevar a un desarrollo, que por propia definición debe ser sostenible, y que se traduzca en una distribución más equitativa de los beneficios.

La Responsabilidad Social Empresarial (RSE) se está convirtiendo en uno de los fenómenos de mayor actualidad para todo tipo de Organizaciones en el panorama español. Los consumidores tienen cada vez una mayor percepción del impacto de las actividades de negocio sobre los individuos y el entorno donde estas se desarrollan. Las empresas, ejerciendo la actividad económica que les es propia, y sin perder de vista su razón principal de existencia que es la generación de riqueza, creación de empleo y beneficio económico, están incorporando elementos sociales que mejoran la calidad de vida de las personas que conforman el ambiente que las rodea, ya sean accionistas, empleados, proveedores, clientes o usuarios. Es decir, la empresa busca en el siglo XXI ser rentable, tanto económica como socialmente.

“El Gobierno apuesta por que la empresa se responsabilice de su entorno y por ello espera que las empresas lleven a cabo actividades hasta ahora ajenas a su actividad comercial como son:

  • Incorporar la diversidad dentro de la empresa: Mujeres maltratadas, personas con discapacidad, personas en situación de riesgo de exclusión social.

  • La formación continua de los trabajadores.

  • La escolarización infantil dentro del recinto laboral.

  • La maternidad y la paternidad compatible con la vida laboral.

  • El respeto al medio ambiente[1]”.

El Congreso de Diputados aprobó, con fecha 17 de diciembre de 2002, una Proposición no de Ley para establecer una Comisión Técnica de Expertos sobre la RSE, que ya ha sido creada en el seno de Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, teniendo como finalidad elaborar un informe sobre la RSE que permita “... la posibilidad de crear un organismo certificador o evaluador de la calidad social, (...) realizando auditorías e informes sociales, estudiar, analizar y proponer medidas que definan el concepto y los contenidos de la responsabilidad social de la empresa, incluyendo las normas de transparecia, la incorporación del balance social y medioambiental, los códigos de conducta, las formas de evaluación del comportamiento social,...)”.

El proceso ha sido relativamente muy breve. El punto de partida fue el Pacto Mundial (Global Compact) propuesto el 31 de enero de 1999 por el Secretario General de la Naciones Unidas, Kofi Annan, ante el Foro Económico Mundial de Davos, con la intención de promover el compromiso ético empresarial como parte integral de su estrategia, y la colaboración entre el sector privado y los agentes sociales, con la finalidad de que el mundo de los negocios pase a formar parte de la solución de los retos que plantea la globalización. No se trata de un instrumento regulador que imponga normas legales de comportamiento, tampoco concede ningún tipo de certificado a quien cumple con esos requisitos. Las actividades de las organizaciones adscritas se dirigen desde la Oficina de Naciones Unidas para el Pacto Mundial con sede en Nueva York. Son nueve principios, los dos primeros referidos a derechos humanos[2], los cuatros siguientes versan sobre el trabajo[3] y los tres últimos dirigidos al medio ambiente[4]:

  • Apoyar y respetar la protección de los derechos humanos reconocidos internacionalmente dentro de su esfera de influencia.

  • Asegurarse de no actuar como cómplices de violaciones o abusos de los derechos humanos.

  • Apoyar la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva.

  • Eliminación de todas formas de trabajo forzoso y obligatorio.

  • Abolición efectiva del trabajo infantil.

  • Eliminación de la discriminación en relación con el empleo y la ocupación.

  • Apoyar un criterio de preocupación respecto de los problemas ambientales.

  • Adoptar iniciativas para promover una mayor responsabilidad ambiental.

  • Desarrollar y difundir tecnologías inocuas para el medio ambiente.

En el año 2001 fue publicado el Libro Verde de la Comisión Europea, su objetivo principal ha sido el iniciar un debate en la Unión Europea sobre la responsabilidad social en las empresas, y es consecuencia de las decisiones adoptadas en el Consejo Europeo de Lisboa del año 2000. Fue una respuesta a la enorme sensibilización detectada sobre la gestión ética de las empresas, suscitada por los fraudes, mala gestión, publicidad engañosa, agresiones medioambientales, situaciones de acoso, cantidad de procesos judiciales en curso, sentencias poco claras,... con que los medios de comunicación sorprendían prácticamente a diario a los ciudadanos de todo el mundo. “La responsabilidad social de las empresas es, esencialmente, un concepto con arreglo al cual las empresas deciden voluntariamente contribuir al logro de una sociedad mejor y un medio ambiente más limpio ... Es la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores”.

En el año 2002 la Comisión Europea publicó la comunicación Responsabilidad Social de las Empresas: Una contribución empresarial al desarrollo sostenible, en el que se define como un concepto “con arreglo al cual las empresas deciden voluntariamente integrar las preocupaciones sociales y ecológicas en sus actividades comerciales y en las relaciones con sus interlocutores”, proponiendo una estrategia articulada en los siguientes principios:

  • Reconocimiento de la naturaleza voluntaria de la RSE.

  • Prácticas de responsabilidad social creíbles y transparentes.

  • Focalización en las actividades en las que la intervención de la Comunidad aporte un valor añadido.

  • Enfoque equilibrado y global de la RSE que incluya los aspectos económicos, sociales y ecológicos, así como los intereses de los consumidores.

  • Atención a las necesidades y características de las PYMES.

  • Apoyo y coherencia con los acuerdos internacionales existentes, tales como las normas fundamentales de trabajo adoptadas por la OIT y las directrices de la OCDE para empresas multinacionales.

La labor ha continuado, y posteriormente se han ido concretando medidas, instrumentos y herramientas de utilidad práctica tales como:

  • CÓDIGOS DE CONDUCTA. Normas mínimas comunes de referencia de referencia a los convenios de la OIT y a las directrices de la OCDE para multinacionales. Se incluyen mecanismos de evaluación y control. Se deben implicar en su elaboración, aplicación y control a los interlocutores sociales y otras partes interesadas, inclusive de los países en desarrollo.

  • NORMAS DE GESTIÓN. Los sistemas de gestión de la responsabilidad social, al igual que los sistemas de gestión de la calidad, permiten a las organizaciones disponer de una visión clara de las repercusiones de sus operaciones en el ámbito social y medioambiental, además de identificarlas y gestionarlas más eficazmente.

  • CONTABILIDAD, AUDITORÍA Y ELABORACIÓN DE INFORMES. Ya son numerosas las organizaciones que hacen públicos sus informes denominados de Triple Balance, relativos a los resultados económicos, sociales y medioambientales.

  • INVERSIÓN SOCIALMENTE RESPONSABLE. Desde la Comisión se apoyarán las iniciativas que supervisen y evalúen de forma comparativa los fondos de pensiones y de inversión con relación a la Responsabilidad Social. Se trata de que el ahorro se canalice hacia sistemas financieros que añadan valor social y que puedan se evaluados por el accionista.

Todo ello se ha ido articulando de forma eficaz y eficiente, y en la actualidad existen ya en España tres iniciativas principales:

(Continuará)

Félix Velasco

[1] Miguel Barrachina Ros, Director General de Fomento de la Economía Social y del Fondo Social Europeo. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

[2] Declaración Universal de los Derechos Humanos.

[3] Declaración de principios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

[4] Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo.

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